Procedimiento
Despido: la carta, el SMAC y la demanda con la caducidad controlada
En el despido el plazo de caducidad es corto y la papeleta de conciliación lo suspende. GenProced cuenta los 20 días hábiles del artículo 59.3 ET y avisa mucho antes de que se agoten.
Qué es y cuándo se usa
El despido extingue el contrato de trabajo por decisión del empresario. Por su causa puede ser disciplinario u objetivo, y su calificación (procedente, improcedente o nulo) marca las consecuencias, desde la readmisión hasta la indemnización.
Antes de acudir al juzgado hay que pasar por la conciliación previa ante el SMAC, que es obligatoria.
Fases del procedimiento
- 01
Carta de despido
Comunicación escrita con la causa y la fecha de efectos.
- 02
Conciliación previa
Papeleta ante el SMAC; el intento suspende el plazo de caducidad.
- 03
Demanda
Si no hay avenencia, demanda ante el Juzgado de lo Social.
- 04
Juicio y sentencia
Vista, prueba y calificación del despido.
Documentación y plazos
Documentación típica
- Carta de despido
- Contrato de trabajo
- Nóminas
- Vida laboral
- Papeleta de conciliación (SMAC)
Plazos aplicables
- Acción de despido: 20 días hábiles desde la efectividad (art. 59.3 ET)
- La papeleta de conciliación suspende el plazo de caducidad
- Agosto inhábil en la jurisdicción social
Cómo lo ordena GenProced
En Laboral el despido llega con plantilla de serie: el checklist junta la carta, el contrato y las nóminas nada más crear el expediente. El calendario cuenta el plazo de caducidad en días hábiles, y aquí sí descuenta agosto, que en la jurisdicción social es inhábil; los avisos saltan a quince días, a siete y a veinticuatro horas.
GenProced no presenta escritos ante el juzgado ni suple el criterio del profesional. Ordena el expediente, no deja pasar un plazo y avisa de lo que falta.
Veámoslo sobre un expediente de este tipo
En la demo trabajamos con un caso real de tu despacho, no con datos de ejemplo.